FAQs etiqueta europea

Q?

¿Quién realiza esos ensayos?

A.

Los fabricantes de neumáticos realizan sus ensayos por cuenta propia en base a los métodos especificados por la normativa.

Q?

¿Qué criterios son especialmente importantes para un uso frecuente en autopista?

A.

Mucha importancia tienen aquí la resistencia a la rodadura para ahorrar combustible y reducir las emisiones de CO2, pero también la duración de un neumático en relación a los costes por kilómetro.

Q?

¿Qué criterios son especialmente importantes para el tráfico urbano?

A.

En ciudad se calcula una velocidad inferior a 50 km/h. Por lo tanto el ruido de rodadura no es demasiado alto. Más importante es la distancia de frenado con todo tipo de situación meteorológica (humedad, seco y pista resbaladiza), así como la duración del neumático.

Q?

¿Cubre la marcación de los neumáticos todos los criterios de decisión de compra?

A.

No. Más allá de estos tres criterios, en los test de neumáticos se examinan y evalúan otros muchos.

Q?

¿Qué se hay detrás del criterio “Adherencia con humedad” ?

A.

La adherencia con humedad es un factor esencial para la seguridad. La diferencia en la distancia de frenado de una clase a la siguiente se sitúa sobre pista mojada y a una velocidad de salida de 80 km/h entre 1 y 2 largos del vehículo (3–6 m). La clase de eficiencia A representa la distancia de frenado más corta y la clase G la distancia más larga.

Q?

¿Qué hay detrás del criterio “Consumo de combustible/resistencia a la rodadura” ?

A.

La reducción de la resistencia a la rodadura ahorra combustible y por lo tanto CO2. La diferencia entre las clases de eficiencia es de +/- 0,1 l a los 100 km. La evaluación se indica en diferentes clases de eficiencia, desde A (verde) hasta G (rojo)
A expresa un consumo muy bajo de combustible y G un consumo muy elevado.

Q?

¿Qué criterios cubre la nueva etiqueta de la UE para los neumáticos?

A.

El nuevo etiquetado para neumáticos de la UE cubre los criterios siguientes:
• consumo de combustible y resistencia a la rodadura
• adherencia con humedad
• ruido de rodadura externo

Q?

¿Qué obligaciones de información deben asumir los fabricantes de neumáticos, los vendedores o los fabricantes de vehículos?

A.

1. Fabricante de neumáticos:
a. Tiene que informar al consumidor mediante material técnico publicitario como hojas de información y folletos o bien ofreciendo la información sobre los neumáticos para turismos, vehículos industriales ligeros y camiones/autobuses en su página web.
b. Tiene que garantizar que el neumático lleve el adhesivo de la etiqueta sobre la superficie de rodadura o bien que el vendedor y el consumidor reciban la información sobre papel al comprar los neumáticos.
2. Vendedor de neumáticos:
a. Tiene que procurar que la información requerida figure en la factura que se entrega al cliente al comprar los neumáticos.
b. Tienen que exponer la marcación en los neumáticos de forma claramente visible para el cliente o bien ofrecer la información específica en el entorno directo del neumático.
c. Si el neumático deseado por el cliente no está visible o expuesto, el vendedor estará obligado a informar al cliente sobre la marcación correcta.
3. Fabricante de vehículos:
a. Tienen que indicar las tres propiedades obligatorias de la etiqueta de un neumático cuando éstas difieran del neumático montado en el vehículo base.
b. Tienen que informar al cliente de la marcación antes de la venta cuando el cliente pueda elegir entre diferentes tipos y tamaños de neumáticos y llantas.
c. Si los neumáticos o llantas vendidos tienen las mismaa propiedades que los utilizados ya de forma estándar en el vehículo, entonces no existe obligación de informar de nuevo sobre la marcación.

Q?

¿Quién es responsable de informar al consumidor?

A.

• el fabricante de neumáticos
• el vendedor de neumáticos
• el fabricante de vehículos

Q?

¿Porqué se introduce la marcación de neumáticos en la Unión Europea?

A.

La nueva etiqueta para los neumáticos debe informar al consumidor sobre la seguridad y sobre temas como la rentabilidad y la ecología de los neumáticos en turismos y camiones, para que el cliente pueda tomar una decisión consciente al realizar sus compras de neumáticos.

Q?

¿A partir de cuándo tienen que estar etiquetados los neumáticos a la venta?

A.

La nueva regulación entra en vigor a partir del 1 de noviembre de 2012 para todos los neumáticos de turismo, vehículos industriales ligeros y camiones o autobuses, fabricados a partir del 1 de julio de 2012. No obstante, los fabricantes de neumáticos pueden aplicar esa regulación desde el 30 de mayo de 2012.

Q?

¿En qué países es obligatoria la etiqueta para los neumáticos?

A.

El nuevo etiquetado europeo para los neumáticos es obligatorio en los 27 países miembros de la Unión Europea.

Q?

¿Dónde hay que colocar la etiqueta sobre el neumático?

A.

La etiqueta para los neumáticos de la UE tendrá la forma de un adhesivo en el lateral de cada neumático.

Q?

¿Hay alguna especificación sobre el tamaño de la etiqueta?

A.

El tamaño de los adhesivos de etiquetado no varía. El tamaño está definido (anchura mínima = 7,5 cm; altura mínima = 10 cm), al igual que su diseño y color. Todos los vendedores de neumáticos deben atenerse al estándar definido.

Q?

¿Qué neumáticos tienen que estar etiquetados obligatoriamente?

A.

La marcación de la UE afecta a todos los neumáticos para turismos (C1), vehículos industriales ligeros(C2) y camiones/autobuses (C3).

Q?

¿A qué neumáticos no afecta esta medida?

A.

• de carreras
• con clavos
• de recambio (rueda de emergencia)
• recauchutados
• con primera admisión antes del 1 de octubre de 1990
• off-road profesionales
• para llantas con un diámetro nominal (≤) 254 mm o (≥) 635 mm
• con una velocidad máxima admisible inferior a 80 km/h

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